A partir del 30 de diciembre de 2026, la cuestión será concreta para muchas empresas: quienes importen o exporten productos sujetos al EUDR deberán acreditarlo en la declaración aduanera. El punto de conexión entre el EUDR y las aduanas es TARIC. El código arancelario permite determinar si un producto está incluido en el ámbito de aplicación de la normativa. El código de documento TARIC indica si existe una declaración de diligencia debida (DDS) o por qué no es necesaria. Desde la revisión del 23 de septiembre de 2026 existen 15 códigos, entre ellos nuevos códigos para reimportaciones, exportaciones realizadas por operadores posteriores y mercancías de transición.
Esto afecta a todas las empresas que trabajen con productos sujetos al EUDR, ya se trate de cacao, café, caucho, soja o aceite de palma. Sin embargo, las preguntas surgen con especial frecuencia en los sectores de la madera y el papel, donde existe una gran variedad de productos y la clasificación arancelaria suele ser muy detallada. Por ello, en este artículo utilizamos principalmente ejemplos de estos sectores.
¿Desea conocer primero los conceptos básicos del EUDR? Aquí encontrará nuestra introducción al EUDR.
HS, CN y TARIC: tres niveles de un mismo número
En el uso cotidiano, a menudo se habla simplemente del «código HS». Sin embargo, en realidad se trata de distintos niveles de la misma nomenclatura arancelaria. Tomemos como ejemplo un perchero de madera, 4421 10 00 00 0:

Importante en la práctica: En las importaciones se declara el código TARIC de 10 dígitos, mientras que en las exportaciones se utiliza el código CN de 8 dígitos. Por ello, la Comisión ha establecido dos medidas TARIC independientes: la 776 para el control de las importaciones y la 777 para el control de las exportaciones. Las empresas que gestionan sus datos maestros únicamente con 10 dígitos también necesitan una visión a 8 dígitos para las exportaciones.
Para el EUDR son importantes dos de estos niveles. El anexo I del EUDR identifica los productos incluidos mediante sus partidas HS o CN. En la declaración aduanera, TARIC indica qué código de documento debe declararse para las mercancías. Los códigos aplicables a un código arancelario concreto pueden consultarse en el Arancel Aduanero Electrónico.
El código arancelario indica qué es la mercancía. El código de documento (por ejemplo, C716) es un código de documento TARIC, denominado Unterlagencodierung en el sistema ATLAS alemán. Se indica adicionalmente en el apartado de documentos de la declaración aduanera, normalmente junto con un número; en el caso de C716, con el número de referencia de la DDS.
Códigos arancelarios y obligación de presentar una DDS
El primer paso consiste siempre en comprobar si el código arancelario figura en el anexo I. Sin embargo, esto no significa automáticamente que deba presentarse una DDS. Hay tres motivos:
- Partidas «ex»: Algunas partidas del anexo I solo están incluidas parcialmente. En estos casos, lo determinante es la mercancía concreta y no únicamente el código arancelario.
- Excepciones a pesar de que el código sea relevante: Entre ellas se encuentran, por ejemplo, los productos fabricados a partir de material reciclado. Desde septiembre de 2026, el anexo I también establece expresamente que, entre otros, los residuos, los productos usados, las muestras y los materiales de embalaje y promocionales no están incluidos. Para estos casos existen códigos Y específicos en TARIC (véase la tabla más abajo).
- El papel de la empresa: La obligación de presentar una DDS depende de si usted es un operador, es decir, si introduce por primera vez la mercancía en el mercado de la UE o la exporta, o si actúa como operador posterior. Los operadores posteriores y los comerciantes no presentan una DDS. Deben recopilar y conservar información sobre proveedores y clientes, incluidos los números de referencia (artículo 5). Las empresas que no sean pymes también deben registrarse en el sistema de información. Para las reimportaciones y las exportaciones existen códigos específicos. Más información sobre los distintos roles
A la inversa, también se aplica lo siguiente: lo que en compras se denomina «MDF», «cartón» o «accesorios» puede clasificarse de forma muy diferente a efectos aduaneros. Un tablero de madera (capítulo 44), un componente de mueble y un mueble terminado (capítulo 94) se clasifican de manera diferente, y de ello depende si el EUDR se aplica y a través de qué partida.
El código arancelario, la descripción del producto y el producto real deben coincidir. Una correcta asignación de los productos al EUDR requiere una clasificación arancelaria correcta. Las empresas que no hayan revisado sus datos maestros en años deberían hacerlo ahora.
Particularidades del papel y la pasta de papel
- La pasta de papel (capítulo 47), así como el papel y el cartón (capítulo 48), están incluidos en principio, pero desde septiembre de 2026 figuran como partidas «ex» con excepciones claramente definidas.
- Los productos impresos (capítulo 49) fueron eliminados del anexo I mediante la modificación de diciembre de 2025.
- Papel recuperado y reciclaje: En los capítulos 47 y 48, el papel recuperado y otros productos recuperados (residuos y desperdicios), así como los productos fabricados a partir de ellos, no están incluidos. Esto se indica mediante Y133. Sí están incluidos los subproductos de un proceso de transformación en el que se haya utilizado material que no fuera residuo. La forma de tratar las mezclas que contienen fibra virgen debe analizarse caso por caso.
- Embalajes: El material de embalaje que se utiliza exclusivamente para sostener, proteger o transportar otro producto y que se suministra junto con él no está incluido (Y190). Esto se aplica al papel y cartón (capítulo 48), así como a las partidas de madera 4401, 4405, 4415 y 4416, también a los embalajes reutilizables desde el momento en que se utilizan para embalar. Los embalajes que se comercializan como productos por sí mismos sí están incluidos.
- Etiquetas, material publicitario e informativo que simplemente acompaña a un producto están excluidos cuando el anexo I lo establece expresamente (Y191).
De la DDS a la declaración aduanera
La conexión entre el EUDR y las aduanas es el número de referencia. Este solo se genera una vez que el operador ha presentado su declaración de diligencia debida en el sistema de información de la UE. El sistema le asigna un número de referencia y un número de verificación asociado. Por tanto, el número de referencia no se puede solicitar ni «pedir» por separado.
La cadena es la siguiente:
Código arancelario → comprobación del ámbito de aplicación → diligencia debida → DDS → número de referencia → código de documento TARIC + número de referencia en la declaración aduanera
El número de referencia se indica en la declaración aduanera. De ello se encarga el declarante en aduana, es decir, su agente de aduanas o representante aduanero. Debe facilitarlo a las autoridades aduaneras antes del levante de las mercancías para su despacho a libre práctica o antes de la exportación (artículo 26, apartado 4).
Para el despacho aduanero hay tres aspectos importantes:
- Registro previo: Quien deba presentar una DDS necesita acceso al sistema de información de la UE antes de que llegue el primer envío.
- No esperar al día del despacho para obtener el número de referencia: Las autoridades pueden retrasar la puesta a disposición del número de referencia para comprobar la declaración. Por ello, la DDS debería prepararse entre el envío y la llegada de las mercancías, y no el mismo día del despacho aduanero.
- Combinación flexible: Una declaración aduanera puede contener varias referencias de DDS y una misma DDS puede utilizarse para varias declaraciones aduaneras. Lo importante es que la asignación a la correspondiente partida de mercancías sea correcta.
Los códigos de documento EUDR en la declaración aduanera
El número de referencia se indica en el apartado de documentos de la declaración aduanera junto con un código de documento TARIC de cuatro dígitos. Con C716, el declarante confirma ante la autoridad aduanera nacional que existe la declaración de diligencia debida requerida.
Los códigos se aplican tanto a las importaciones como a las exportaciones, con cuatro excepciones: C720 y C725 se aplican a las reimportaciones, mientras que Y188 y Y196 se aplican a las exportaciones.

Casos especiales para exportaciones y reimportaciones
- Mercancías de transición: Si las mercancías se introdujeron por primera vez en el mercado de la UE entre el 30 de junio de 2023 y la fecha de aplicación, posteriormente pueden exportarse o reimportarse sin una DDS propia. En este caso se utiliza C718 junto con el número 99EU9999999999. Debe conservarse la documentación que acredite la fecha de introducción en el mercado.
- Reimportación sin número de referencia: Si el reimportador no ha recibido un número de referencia de su proveedor, la Comisión establece para este caso el número convencional 22EU2222222222. Se utiliza para las reimportaciones (C720/C725), no para las exportaciones.
- Exportación por operadores posteriores: Una empresa que compra mercancías en la UE y las exporta sin ser ella misma un operador no proporciona un número de referencia. En su lugar, utiliza Y196 (empresa que no es pyme)o Y188 (pyme).
- Reexportación de mercancías importadas por la propia empresa: Quien reexporta sin modificar mercancías que él mismo ha importado sigue siendo un operador y debe proporcionar el número de referencia de su DDS (C716).
Importante: No incluya «C716» de forma generalizada en todos los datos maestros. El código aplicable depende de la mercancía, su función dentro de la cadena y el tamaño de la empresa. Además, el código no sustituye la obligación de diligencia debida. Solo documenta ante las autoridades aduaneras que dicha obligación se ha cumplido o por qué no resulta aplicable. Si falta el código correspondiente o el número de referencia y no se aplica ninguna excepción, las mercancías no podrán importarse o exportarse tras el control aduanero.
¿Qué código corresponde? La lógica de comprobación en cuatro preguntas
- ¿Figura el código arancelario en el anexo I?
No → No es necesario indicar información relativa al EUDR. - ¿Está realmente incluida la mercancía concreta?
No → Código Y correspondiente (Y129, Y133, Y187, Y190, Y191, Y132, Y142). - ¿Es usted una microempresa o pequeña empresa con aplazamiento hasta junio de 2027?
En ese caso, hasta el 29/06/2027 puede resultar aplicable Y141, siempre que la mercancía no esté ya incluida en el Reglamento de la UE sobre la madera. - ¿Qué función desempeña en la cadena?
- Operador con su propia DDS → C716
- Pequeño productor o microproductor con declaración simplificada → C717
- Operador posterior, reimportación → C720 (empresa que no es pyme) o C725 (pyme)
- Operador posterior, exportación → Y196 (empresa que no es pyme) o Y188 (pyme)
- ¿Se trata de mercancías de transición que se exportan o reimportan?
Entonces se utiliza C718 con 99EU9999999999.
¿Quién hace qué? Compras, responsables del EUDR y aduanas deben estar conectados
Muchos de los datos necesarios para el EUDR ya están disponibles: número de artículo, descripción del producto, código arancelario, proveedor y país de origen. La principal tarea consiste en conectar estos datos.

El punto clave es introducir el indicador EUDR en los datos maestros de los artículos. De este modo, no es necesario determinar de nuevo para cada envío qué código corresponde.
Lista de comprobación para hablar con su agente de aduanas
- ¿Qué códigos arancelarios utilizamos y se han comprobado con el anexo I, incluidas las modificaciones de 2025 y 2026?
- ¿Cómo transmitimos los números de referencia: mediante una interfaz, un campo del ERP o por correo electrónico? ¿Y con cuánta antelación respecto al despacho?
- ¿Cómo asignamos varias DDS a una declaración que contiene varias partidas?
- ¿Cómo procedemos con las exportaciones, especialmente en el caso de mercancías de transición, reimportaciones y mercancías compradas dentro de la UE?
- ¿Debe nuestro agente de aduanas presentar la DDS en nuestro nombre? Esto requiere una autorización escrita como representante (artículo 6). La responsabilidad sigue siendo nuestra.
Documentación: el número de referencia por sí solo no es suficiente
El número de referencia solo demuestra que se ha presentado una declaración. En caso de inspección, debe poder trazarse toda la cadena:
Mercancía → código arancelario → proveedor → parcela de producción → documentación justificativa → evaluación de riesgos → DDS → número de referencia → código TARIC utilizado → declaración aduanera
Conserve esta documentación durante cinco años y de forma que pueda localizarse por envío o por artículo.
¿Cuándo se aplica?
- 30 de diciembre de 2026: Regla general para empresas grandes y medianas. También se aplica a todas las empresas, incluidas las microempresas y pequeñas empresas, cuando se trate de productos que ya estaban incluidos en el Reglamento de la UE sobre la madera (EUTR), así como a los operadores posteriores y comerciantes.
- 30 de junio de 2027: Microempresas y pequeñas empresas que actúen como operadores y que ya estuvieran establecidas como tales el 31 de diciembre de 2024, para el resto de los productos.
Para la mayoría de las empresas de los sectores de la madera y el papel, esto deja aproximadamente tres meses. Teniendo en cuenta los plazos habituales de entrega, afecta ya a las mercancías que se encarguen hoy.
Conclusión
El EUDR termina en la declaración aduanera, pero comienza mucho antes: en los datos maestros de los artículos. Las empresas que clasifiquen correctamente sus códigos arancelarios, asignen a cada artículo el indicador EUDR correspondiente y transmitan los números de referencia a las autoridades aduaneras a tiempo habrán resuelto la parte más crítica de la conexión entre EUDR y aduanas. No es necesario implantar un sistema nuevo. Basta con complementar los datos de compras y aduanas existentes con algunos campos específicos del EUDR y definir claramente las responsabilidades.